Democracia de principios | Por Félix R. Loñ
Estamos en la época de la democracia del dinero, que sirve para justificar el abandono de los principios. Tan sombría realidad ha tenido otra comprobación en el episodio de la cuestionada reforma del Consejo de la Magistratura.
Para su aprobación, el oficialismo gestionó el apoyo de algunos diputados que, si bien se presentaban como opositores, fueron protagonistas de provocativas conversiones. Con el afán de conseguir ese resultado, el Gobierno recurrió a la asignación directa de fondos, para diversos destinos, a las autoridades provinciales y municipales.
De nada valieron los argumentos que expusieron la clara intención de la iniciativa del Gobierno, consistente en atribuirse, en el organismo, una representación clave (más de un tercio), la cual le permitirá influir decisivamente en la integración de una terna de candidatos a jueces y en la resolución sobre la acusación a un magistrado, porque para ello, en ambos casos, se debe reunir la mayoría de los dos tercios de los miembros presentes en la sesión del Consejo.
Este episodio ha puesto al descubierto la ya clara tendencia autoritaria y hegemónica del Gobierno, que no aceptó el más mínimo cambio en su postura, desechando los aportes de otros proyectos que auspiciaban soluciones diferentes.
Así ha quedado demostrado que para el Presidente la ley no es -como pensaba Montesquieu- la transacción a que llegan los hombres para posibilitar la convivencia, es decir, resultado del consenso, sino el producto de la voluntad del gobernante, impuesta sin cortapisas.
El suceso sirvió, además, para mostrar la debilidad de nuestro federalismo.
Concebido en la Constitución como un sistema que atribuye a las provincias el ejercicio de su autonomía política, institucional, económica y financiera, en el devenir de la historia se desfiguró en un régimen centralista, en el que los gobernadores son simples administradores que dependen de la discrecionalidad del Presidente. Es únicamente el primer mandatario el que inclina la balanza en favor de la autoridad local que le brinde el más incondicional apoyo.
La actitud presidencial se sustenta en la subestimación que se hace en el presupuesto nacional de los ingresos impositivos -que, al final del ejercicio anual, son mayores de lo previsto- y la sobrestimación del gasto público, que termina siendo menor. Ello genera un inusual superávit fiscal, que le permite al Presidente actuar en la forma indicada.
Tal conducta es posible porque no se ha dictado hasta ahora -debió habérselo hecho, como ordena la Constitución, antes de concluir el año 1996- un nuevo régimen de coparticipación federal de impuestos.
Además, según lo prescribe la Ley Fundamental, todos los gravámenes, excepto los derechos de importación y exportación que pertenecen a la Nación, son coparticipables. Es decir: corresponden al gobierno federal y a las provincias, debiendo establecer la ley la forma de reparto entre ambas jurisdicciones.
Si en el sistema de coparticipación se conviniera que el superávit se distribuyera del mismo modo que los impuestos, desaparecería la mano tendida del Presidente para favorecer a tal o cual gobernador según la proclividad de éste a acceder a los requerimientos presidenciales.
Las autoridades provinciales obtendrían, así, un suplemento en sus ingresos sin necesidad de tener que arrodillarse ante el primer magistrado de la Nación.
Lo más notable es que, de acuerdo con la Constitución, de las provincias depende que se sancione el nuevo régimen de coparticipación federal. La demora en ello es de su directa responsabilidad, porque el Senado -donde las provincias están representadas igualitariamente- actúa como cámara de origen de esta norma, que, además, debe ser sometida a la aprobación de aquéllas.
Como puede apreciarse, el constituyente estableció verdaderos recaudos para asegurar un papel preponderante de las provincias en la tramitación de la ley comentada. Esto determina que existe una innegable responsabilidad de las provincias en la demora de la sanción de la norma y en la actitud sumisa que han preferido asumir ante las imposiciones del Presidente.
Esta circunstancia nos llevó a propiciar (LA NACION, 29/12/05) la gestación de una alternativa democrática para encarar una reforma política -siempre declamada, pero nunca concretada-, uno de cuyos ejes principales consiste en sancionar la ley aludida que resulta esencial para el fortalecimiento de un auténtico federalismo.
Es imprescindible marcar que la política es mucho más que un simple juego de toma y daca. Se ocupa preponderantemente de los ideales y del interés general, y ello exige la permanente custodia de las instituciones republicanas, entre las que se encuentra el Consejo de la Magistratura, que, según la Constitución, tiene como fin "asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia".
Resulta lamentable que una institución tan importante haya sido manoseada como prenda de un viscoso intercambio. Es necesario retornar a la democracia de principios. Ellos estimulan la vida de los pueblos y hacen dignos a los gobernantes. Quizá sea oportuno recordar un pensamiento de Jean Monet: "Nada es posible sin los hombres; nada es perdurable sin instituciones". constitucional.
El autor es profesor de derecho
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