¿Quién le impone la agenda a la Corte Suprema de Justicia?
Grupos de presión sobre la Corte Suprema de Justicia intentan imponerle la prioridad de los temas.
Algunas novedades:
El pasado 3 de mayo, la Corte Suprema de la Nación dictó la Acordada 14/2006, ordenando la publicación de un listado de causas en trámite ante el Tribunal que, en virtud de la trascendencia pública o institucional de los temas debatidos, puedan dar lugar a la intervención de Amigos del Tribunal (amici curiae). Es decir, la participación de terceros ajenos al proceso que puedan aportar argumentos de trascendencia para la decisión de la causa.
La Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Fundación Poder Ciudadano, la Unión de Usuarios y Consumidores, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) celebran esta medida y entienden que ella representa un paso adelante para el fortalecimiento de la Corte Suprema, en similar dirección de otras decisiones relativas al funcionamiento del Tribunal adoptadas en los últimos tiempos.
Una adecuada puesta en práctica de la Acordada permitirá a la ciudadanía conocer la existencia de casos trascendentes en trámite ante el Máximo Tribunal, discutir públicamente sobre las cuestiones en juego en dichos casos y decidir eventualmente la participación en calidad de Amigos del Tribunal. Todo ello contribuirá a consolidar el papel de la Corte Suprema como garante de los derechos constitucionales.
Esta propuesta está en línea con una de las sugerencias de reformas al funcionamiento de la Corte Suprema que fueran efectuadas por la ADC, con la adhesión del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Fundación Poder Ciudadano, la Unión de Usuarios y Consumidores, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), miembros -junto a la ADC- del foro "Una Corte para la Democracia".
La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) es una organización no gubernamental que desde 1995 realiza una intensa tarea en defensa de los derechos constitucionales y que procura cooperar para una mejora del funcionamiento y la imagen de la justicia.
La ADC quiere contribuir a generar un nexo entre la sociedad y la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Por ese motivo, desde 2002, la ADC efectuó varias propuestas de reforma de ciertos aspectos vinculados con el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Por ejemplo, los documentos “Una Corte para la Democracia” (I y II). Varias de estas propuestas fueron receptadas por la Corte, que dispuso:
a) la publicidad de la circulación de los expedientes;
b) que el Presidente, en los casos que traten cuestiones de trascendencia institucional, fije de antemano la fecha en que el asunto será considerado por los jueces;
c) la prohibición de que los abogados se reúnan
con alguno de los Ministros sin la presencia de la otra parte y la publicidad de la ejecución del presupuesto; y
d) reglamentar la intervención de los Amigos del Tribunal (o amici curiae) para los casos trascendentes.
Asimismo, en el mes de marzo de 2004, solicitaron a la Corte que publicara, en su sitio web institucional, el listado de las
sentencias dictadas en cada acuerdo y su contenido una vez notificadas. Esto fue receptado por la Corte mediante la Resolución 642/04 que, en abril de 2004, hizo lugar a esa propuesta atendiendo al “principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y a satisfacer el derecho a la información de la sociedad”.
En julio de 2004 también solicitamos a la Corte que publicara en su sitio de Internet la nómina de los casos que ingresan al Tribunal en los que está en juego la interpretación u observancia de un derecho fundamental o que posean indudable
trascendencia institucional.
Pedimos, asimismo, que se informara –con la correspondiente salvaguarda de las excepciones del art. 164 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación- la identidad de las partes, la síntesis de la cuestión federal planteada, la fecha de ingreso y, si los hubiera, los memoriales de amici curiae presentados.
Además, el Tribunal dispuso que se requiera de la conformidad de tres Jueces del Tribunal para conferir vista al Procurador General de la Nación para que dictamine sobre la procedencia de los recursos que tiene que decidir la Corte, y para solicitar la remisión de los expedientes principales al analizar la admisibilidad de los recursos de queja.
Ya pasaron casi 2 años desde que la Corte regulara el instituto de los Amigos del Tribunal o Amici Curiae y dictara otras medidas institucionales importantes como las que fijan la necesidad de resolver en forma prioritaria los casos trascendentes y reglamentan la intervención del Procurador General de la Nación y de los Ministros en el trámite previo a la decisión sobre la admisibilidad de los recursos.
Mediante la Acordada 28/04, la Corte Suprema autorizó y reglamentó la intervención de los amici curiae o ‘Amigos del Tribunal’ en los casos “de trascendencia institucional o que resulten de interés público” por parte de “terceros ajenos a las partes, que cuenten con una reconocida competencia sobre la cuestión debatida y que demuestren un interés inequívoco en la resolución final del caso, a fin de que ofrezcan argumentos de trascendencia para la decisión del asunto”.
Cabe señalarque la importancia de esta práctica fue puesta de manifiesto por la propia Corte Suprema en el caso 'Verbitsky, Horacio s/habeas corpus' en donde admitió en la audiencia celebrada que éstos expusieran verbalmente su posición, tuvo en cuenta estas presentaciones en su decisión, y le dio continuidad a esta intervención.
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