Justicia prohibió al Ceamse enviar residuos de Florencio Varela y Berazategui a Punta Lara
LA PLATA, jun 27 (DyN) - La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso y Administrativo de La Plata ratificó un fallo de primera instancia que prohibió al Ceamse derivar residuos domiciliarios de Florencio Varela y Berazategui a su planta de relleno sanitario de Punta Lara.
La medida, que impide al Ceamse enviar los residuos a partir del 30 de setiembre, "será apelada" ante la Suprema Corte bonaerense, adelantó hoy el titular del organismo, Carlos Hurst, quien consideró que el fallo "no es compartido y generara una imposibilidad de cumplimiento".
La decisión, adoptada la semana pasada, fue dispuesta por los jueces Gustavo Daniel Spacarotel y Claudia Milanta, quienes votaron contra la apelación presentada por el Ceamse tras el fallo de primera instancia del juez Luis Federico Arias.
El tercer integrante de la Cámara, Gustavo Juan De Santis, lo hizo en disidencia.
A diferencia del fallo emitido por Arias, el tribunal de alzada fijo como plazo para reducir el depósito de residuos de Punta Lara el 30 de setiembre, fecha a partir de la cual estará prohibido el ingreso de basura a ese predio proveniente de ciudades distantes a mas de 20 kilómetros de la planta.
La presentación para que cese el ingreso de camiones que a diario desde fines de 2003 depositan en esos terrenos alrededor de 500 toneladas de residuos domiciliarios provenientes de Berazategui y Florencio Varela, fue realizada por asociaciones vecinales y ecologistas de la región, "en defensa del medio ambiente y para evitar la contaminación en una zona muy próxima al balneario de Punta Lara".
Las mismas organizaciones ambientalistas de Ensenada dijeron que "de manera ilegal" el Ceamse ampliaba el sector afectado originalmente para el relleno sanitario.
Hurst, quien sostuvo que "aún no se recibió notificación alguna sobre la decisión de la Cámara de Apelaciones", adelantó su decisión de recurrir al máximo tribunal de la provincia para que revea la medida adoptada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de esta capital.
"Vamos a recurrir a la Corte porque no compartimos este fallo, que nos generara una imposibilidad de cumplimiento", apuntó.
Hurst explicó que el organismo tiene "una responsabilidad legal emanada de la ley nacional 9.110 por la que debe recibir los residuos de los distritos en un radio no superior a 20 kilómetros. Lo sorprendente es que esta decisión de la justicia plantea una nueva interpretación de la distancia".
Por su parte, las entidades vecinales sostuvieron que la distancia de 20 kilómetros se debe medir por el recorrido por rutas que transitan los camiones y no hacerlo en forma lineal como lo aplica el Ceamse.
Para Hurst, "en la actualidad cualquier interpretación de la Justicia en este tema pone en riesgo la gestión ambiental. Por eso, hay que retirar los complejos ambientales de zonas de crecimiento urbano".
"Se va a llegar a una instancia en que el gobernador, producto de la necesidad y la urgencia, lo deberá hacer por decreto", sostuvo.
El relleno sanitario de Punta Lara, en diagonal 74, fue creado para recibir la basura de La Plata, Berisso, Ensenada, Brandsen y Magdalena, pero desde principios de 2004 admite los originados en Florencio Varela y Berazategui, autorización prevista hasta fines de 2004.
Organizaciones vecinalistas estimaron que a marzo de este año "la basura extra que había ingresado al predio superaba holgadamente las 250 mil toneladas, y su volumen se traduce en lomas de más de 20 metros de alto, que desprenden un persistente y desagradable olor".
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