Unos 42.000 detenidos sin condena podrán votar en 2007 |El Gobierno se apresta a firmar el decreto reglamentario de una ley de 2003
Unos 42.000 presos sin condena de todo el país podrán votar en las elecciones nacionales del año que viene: el Gobierno prevé dictar el mes próximo el decreto reglamentario de la ley que habilita el sufragio de las personas con prisión preventiva.
La decisión fue adelantada a LA NACION por el director nacional electoral, Alejandro Tullio, que informó que la comisión encargada del tema había finalizado el reglamento. El proyecto ya fue aprobado por el ministro del Interior, Aníbal Fernández, y, tras el visto bueno de su par de Justicia, Alberto Iribarne, será elevado a la Casa Rosada para que el presidente Néstor Kirchner lo firme.
"Nos llevó unos cuantos meses de trabajo, pero la redacción ya está terminada. La idea es que esté aprobado en un mes para que [los presos sin condena] puedan votar el año que viene", dijo Tullio.
El decreto reglamentario era una cuenta pendiente del Poder Ejecutivo: sancionada en 2003, la ley que derogó un artículo del Código Nacional Electoral que prohibía el voto de los detenidos con prisión preventiva preveía un plazo de dos años para su reglamentación.
De hecho, el procurador penitenciario federal, Francisco Mugnolo, reclamó ayer a Tullio que se diera cumplimiento a los plazos legales para que los presos sin condena pudieran ejercer su derecho a sufragio. "Esto requiere un conocimiento con tiempo para que las autoridades puedan realizarla en distintos establecimientos, ya que hacerlo en las cárceles no es lo mismo que en la ciudadanía abierta", explicó Mugnolo.
La norma legislativa que habilita a los presos a votar se dictó en respuesta a un fallo de la Corte Suprema, de 2002, que declaró la inconstitucionalidad de esa cláusula del código. El proceso judicial se había iniciado por una acción de amparo presentada en la justicia federal con competencia electoral por el Centro de Estudios Legales y Sociales, en octubre de 1998. En la resolución se afirmó que el inciso "d" del artículo 3 del código violaba el principio de presunción de inocencia y la igualdad de los detenidos sin condena, consagrados en la Constitución.
Arresto preventivo
De acuerdo con la estimación de Mugnolo, de los 70.000 detenidos que hay en todo el país, el 60% -unos 42.000- se encuentran con arresto preventivo. Todos ellos podrán votar en los comicios nacionales para elegir presidente y vicepresidente, diputados y senadores. Las personas que están en cumplimiento de una condena tienen, en cambio, suspendido el derecho de sufragio.
Hasta el momento, varios presos habían logrado votar amparados por fallos judiciales, pero nunca habían participado masivamente de unos comicios.
Los alrededor de 42.000 presos habilitados para votar casi equiparan en número a las personas que votaron en los últimos comicios en Tierra del Fuego: 55.700.
"El sistema será similar al de los votantes argentinos en el exterior", dijo Tullio. "A cada votante se le dará una boleta del distrito correspondiente, en la que deberá marcar la lista elegida", agregó.
Los puntos centrales del reglamento son cuatro:
* Los presos deberán contar con información previa de los distintos candidatos.
* El sistema funcionará de forma tal que el voto de los reclusos se mantenga secreto para el personal penitenciario.
* Los presos votarán según su último lugar de residencia.
* Las mesas electorales funcionarán en los establecimientos penitenciarios permanentes y no en las comisarías.
Por Gabriel Sued
De la Redacción de LA NACION
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