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Informe de Prensa

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Viernes, 11 de agosto de 2006

Editorial |Discrecionalidad sindical

Cada mes, cientos de miles de trabajadores se ven obligados a realizar aportes compulsivos a los sindicatos a pesar de no estar afiliados, una abierta violación de la letra y el espíritu de la Constitución nacional. Sin preguntarles a los trabajadores si están dispuestos a contribuir con las arcas gremiales, los representantes sindicales pactan con los empleadores en los convenios colectivos el descuento de determinado porcentaje del salario bruto de los empleados en concepto de cuota solidaria.

Los trabajadores en relación de dependencia afectados son cerca de un millón, que por año aportan unos 500 millones de pesos a los gremios para sostener sus actividades sin su consentimiento expreso y, en no pocas ocasiones, en contra de su voluntad.

Es lógico que los fondos para el financiamiento de las organizaciones creadas para la defensa de los intereses de los trabajadores provengan de los ingresos de estos últimos. Sin embargo, resulta una injusticia que a los empleados que optaron por no afiliarse al sindicato se les termine quitando una parte de sus haberes.

Es necesario terminar con la arbitrariedad que representan estos descuentos compulsivos que ayudan a financiar las poderosas cajas de las estructuras gremiales, siempre bajo sospecha, por los manejos poco transparentes de sus eternos líderes. En un fallo no exento de cuestionamientos públicos, el juez federal Jorge Urso sobreseyó días pasados a dirigentes gremiales involucrados en una causa por irregularidades en el manejo de 61 millones de pesos para servicios médicos, iniciada en 2001 por la Oficina Anticorrupción.

Hay tres tipos de aportes posibles a las organizaciones gremiales. El primero es la cuota sindical, que sólo pagan quienes estén afiliados a la entidad; un segundo aporte reside en las contribuciones empresariales, cuando se establece en los convenios colectivos, y la tercera fuente de financiamiento posible se basa en los cánones de solidaridad, que fijan determinados convenios colectivos y que comprometen los ingresos tanto de los trabajadores afiliados como de quienes no lo son.

Los aportes compulsivos o cuotas solidarias deben ser inferiores a la cuota sindical obligatoria. Por lo general, oscilan entre el dos y el tres por ciento del sueldo bruto de los empleados, lo cual constituye una pesada carga para los trabajadores. Por ejemplo, los afiliados al gremio de los camioneros, que encabeza el secretario general de la CGT, Hugo Moyano, tienen un descuento del tres por ciento por ese concepto y los empleados de comercio, del dos por ciento.

Al ir a parar al sostenimiento de la estructura de las organizaciones sindicales, donde la renovación de sus dirigentes ya no es una utopía, sino una penosa frustración colectiva, la cuota solidaria se convierte en un factor importante de negociación en las discusiones de los convenios colectivos de trabajo entre gremialistas y empresarios. En efecto, la aceptación de un aumento menor al pretendido va de la mano, por lo general, de la admisión de los empleadores a instrumentar los descuentos de la cuota solidaria de sus dependientes.

Los aportes compulsivos de quienes no son afiliados a los gremios constituyen una grave violación a los derechos individuales consagrados por la Constitución. Por eso, sería fundamental terminar con estos atropellos que sufren quienes no se sienten representados por las estructuras sindicales -amparadas en los absurdos privilegios que otorga el sistema monopólico de asociación gremial previsto en la legislación- y no están dispuestos a sostenerlas con sus salarios.

Link corto: http://www.lanacion.com.ar/830591

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