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Informe de Prensa

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Miércoles, 23 de agosto de 2006

Archivaron otra causa contra Kirchner por no ocupar los dos cargos vacantes en la Corte

BUENOS AIRES, ago 21 (DyN) - El juez federal Jorge Urso archivó una causa en la que el presidente Néstor Kirchner había sido denunciado por presunta "violación de los deberes de funcionario público" por no ocupar los dos cargos vacantes en la Corte Suprema de Justicia.

Así lo informaron a DyN fuentes judiciales, que precisaron que la decisión fue adoptada en el marco de la causa 9224/06, que originalmente se inició el 7 de junio pasado ante el juez Octavio Aráoz de Lamadrid, pero recayó en Urso por "conexidad" con una presentación similar pero anterior.

La causa 9224/06 fue promovida por el escribano Marcos Mayo, quien postuló que el Ministerio de Justicia y el Presidente no habrían cumplido con el plazo establecido en el 222/03, denominado de "transparencia" en la designación de jueces de la Corte.

Urso argumentó que existen "principios esenciales del estado de derecho y el necesario resguardo por parte de la administración de justicia de los límites constitucionales y legales que concretan y definen sus competencias, cercenan la prosecución jurisdiccional sobre el ejercicio regular de facultades privativas de otros poderes.

"De lo contrario, se verificaría una intromisión en el campo de potestades propios de las demás autoridades por parte mismo del supremo custodio de las garantías constitucionales, amenaza del prestigio y eficacia de la misión que le ha sido encomendada y corolario de la violación al principio de la separación de poderes", añadió.

Para el juez, "no se advierte la instauración de acontecimientos que se hayan desviado o apartado del procedimiento regulado por la Carta Magna en su art. 99 inc. 4 de atribución exclusiva del Presidente de la Nación".

Ese artículo establece que el Ejecutivo debe proponer a un candidato en el lapso de 30 días de producida la vacante en la Corte, lapso largamente excedido respecto de los dos últimos sillones que quedaron vacíos.

Para Urso, "las decisiones adoptadas sobre la base de criterios de oportunidad, mérito y conveniencia tenidos en cuenta al momento de su dictado no son susceptibles de revisión judicial".

"No verificándose en el accionar denunciado vestigios que demanden sanción penal alguna, considera este juzgador que corresponde desestimar la denuncia motivadora de la pesquisa", concluyó el fallo.

Urso ya se había pronunciado en similares términos ante una denuncia similar asentada con el número 5831/06, presentada por el abogado Ricardo Monner Sans el 17 de abril de 2006.

El escribano Mayo apeló la decisión y además, recusó a los camaristas federales que deberán revisar la sentencia de primera instancia.

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