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Informe de Prensa

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Miércoles, 23 de agosto de 2006

Corte empezo a aceptar "amicus curiae" pero ONG reclama mayor información para mecanismo

BUENOS AIRES, ago 22 (DyN) - La Corte Suprema de Justicia inauguró el mecanismo de participación de los "amicus curiae" (amigos del tribunal), que contempla la presentación de aportes de personas físicas o jurídicas de documentación e ideas para resolver causas de "trascendencia institucional".

No obstante, la ONG Asociación por los Derechos Civiles (ADC), si bien destacó la implementación del recurso -que "posibilita una intervención ciudadana más amplia en los procesos de la Corte"- reclamó mejorar las condiciones de participación.

"Este mecanismo de participación podría reforzarse si en el futuro la Corte proporcionara mayor información sobre las condiciones de participación y facilitara a los interesados en presentarse como Amigos del Tribunal copias de las piezas procesales indispensables para comprender la cuestión en debate", expresó la ADC mediante un documento remitido a DyN.

El máximo tribunal, cumpliendo con la Acordada 14/06 del 27 de julio, publicó en su página de Internet el denominado "Caso Juplast", vinculado con una cuestión impositiva y abierto a la participación de los "amicus curiae".

En el expediente se discute si corresponde aplicar el ajuste por inflación impositivo (APII) a la liquidación del impuesto a las ganancias, atento a que la ley de convertibilidad prohibía la indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas.

La empresa Juplast S.A., con sede en Villa Mercedes, San Luis, y dedicada a la fabricación de jugo de fruta en polvo, concentrados de fruta y jugo de fruta listos para beber, planteó una acción de amparo contra el Estado Nacional y la AFIP-DGI para que se declarara la inconstitucionalidad de normas impositivas que "lesionan, restringen, alteran y amenazan con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta los derechos y garantías contemplados en la Constitución Nacional, especialmente el derecho de propiedad".

En primera instancia, un juez puntano estableció que "la inflación provoca una distorsión en los estados contables y en el resultado del ejercicio, de forma tal que el resultado que muestra (ganancias ficticias) surge de no medir las operaciones en una moneda homogénea de cierre".

"Por lo tanto el contribuyente tendría que tributar impuesto a las ganancias sobre un resultado que no es el real del ente, lo que implica un desfinanciamiento y descapitalización del mismo", añadió el fallo de primera instancia, confirmado por la Cámara de Apelaciones de Mendoza en 2004.

El caso llegó a la Corte Suprema, que abrió el mecanismo de participación de los "amicus curiae".

Para desempeñar tal rol ante el máximo tribunal, los requisitos son "ser una persona física o jurídica con reconocida competencia sobre la cuestión debatida; fundamentar el interés para participar de la causa e informar sobre la existencia de algún tipo de relación con las partes del proceso; expedirse exclusivamente a favor de la defensa de un interés público; presentarse dentro de los quince días hábiles del llamado de autos para sentencia y limitar la exposición a un máximo de 20 carillas tamaño oficio".

Las opiniones y aportes vertidos en el expediente "tienen por objeto ilustrar a la Corte pero no la vinculan u obligan".

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