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Informe de Prensa

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Miércoles, 06 de septiembre de 2006

Buenos Aires sigue esperando la autonomía |Por Agustín Zbar

Se cumplen diez años de la sanción de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Ese fue el punto de partida para la vida institucional de este nuevo Estado provincial, que nació en 1994 como ciudad autónoma por decisión del poder constituyente. Esa decisión constitucional modificó el acuerdo que en 1880 había puesto fin a una larga y sangrienta disputa civil, que se conoce como la "cuestión capital".

La histórica (¿actual?) "cuestión capital" ha sido la lucha sobre el control de los beneficios de la próspera ciudad porteña, cuyas rentas intentó retener la provincia de Buenos Aires y luego procuraron, menos en interés de los vecinos que en el propio, militares y políticos del nivel nacional. Desde hace diez años, en un régimen plenamente democrático -no exento de problemas-, deben organizar y gobernar la ciudad los representantes del pueblo del territorio urbano, sin injerencias de las provincias ni del gobierno nacional. El planteo constitucional (con el artículo 129 como eje principal) es asimilar la ciudad autónoma a las provincias, no a los municipios.

La ciudad conserva, por lógica, las atribuciones municipales típicas relacionadas con el ejercicio del poder de policía en salubridad, higiene, seguridad básica, cuidado del espacio público, edificación, etc. Pero tiene, además, todas las de las provincias. Esto es, un verdadero gobierno regido por tres poderes y varios otros entes estatales de rango constitucional que debe garantizar el régimen republicano y la educación primaria. Todo ello en el marco de un estatuto organizativo bien progresista, que, si bien merece comentarios y algo más respecto de varias cláusulas, es indudablemente moderno, actualizado y un modelo por imitar para muchas provincias. Esta carta ha comenzado a dar frutos en su interpretación y práctica hacia el interior del sistema político de la ciudad, hasta ahora con un eje preponderante en el marco del Poder Judicial, pero también en la Legislatura (el tratamiento de los decretos de necesidad y urgencia, los vetos y la delegación de facultades, el seguimiento de las cuestiones presupuestarias y el juicio político son algunos ejemplos) y en el Poder Ejecutivo actual, a partir de la ley de ministerios y de sensatas reivindicaciones autonómicas.

Sin embargo, admitamos que esto no lo ve así la mayoría de quienes pasaron por los despachos nacionales y pudieron haber marcado, dentro de sus competencias, el camino hacia una autonomía de rango similar a las provincias, tal como se plasmó en la reforma de 1994. Casi todos han considerado que la ciudad es menos que una provincia e incluso, según el Tribunal Superior de la ciudad, han pretendido que fuera menos que un municipio de una provincia. "La reforma no incrementó las atribuciones del gobierno nacional en el ámbito territorial de la capital de la República; por el contrario, las disminuyó" (Unión Transitoria SA y otros c/GCBA s/acción declarativa de inconstitucionalidad").

Un hombre de gran consenso para la dirigencia democrática argentina, Antonio Cafiero, debe de lamentar (de hecho, se dice que lo lamenta) que su apellido dé nombre a la ley que ha invertido el principio constitucional (art. 121), quitándole a la ciudad herramientas esenciales para su progreso y desarrollo. Ahora hay un amplio acuerdo en la Cámara de Diputados para su derogación, y sería muy bueno lograr ese avance institucional.

Entre las malas noticias, debemos lamentar que la Corte Suprema siga afirmando este derrotero antiautonómico en antecedentes sin fisuras desde el primer fallo sobre el tema, en 1996 (el caso Gauna), hasta el muy reciente caso Mendoza. En esta decisión, el máximo tribunal del país ha decidido con gran coraje involucrarse directamente en la búsqueda de una solución del desastre ambiental del Riachuelo, agravado con los años. Allí, entre los fundamentos del voto de la mayoría, de manera innecesaria, como al pasar y sin que venga realmente al caso, la Corte dice que la ciudad de Buenos Aires no es una provincia argentina y que, en consecuencia, no le corresponde la instancia originaria del tribunal. Este considerando reitera una doctrina que ya se había expresado con nula elocuencia en el caso Cincunegui (del tribunal con la composición de la presidencia de Menem), en dos renglones y sin un argumento, lo que constituyó un baldón para la ciudad autónoma.

Esta jurisprudencia de la Corte, que retacea la autonomía porteña, lamentablemente tuvo aplicación práctica en varios fallos. El más restrictivo de ellos es el del caso Metrovías, en el que se le negó al Gobierno ejercer el más elemental poder de policía para proteger la salud de su población, ante los ruidos dañinos provocados por el subterráneo.

La ciudad discute aún la transferencia de la policía, la justicia ordinaria (comenzando por el fuero de familia), el puerto (todos los demás puertos del Estado son, desde los 90, provinciales o municipales), los registros de la propiedad y de las personas jurídicas, y hasta su potestad sobre el tránsito vial y la colocación de puestos de diarios. No hay argumento válido, constitucional, legal o de eficacia, por el cual estas y otras políticas públicas eminentemente civiles y sociales deban permanecer en cabeza del gobierno de todos los argentinos y no correspondan directamente a quienes son sus destinatarios inmediatos, como sucede en cualquier provincia. No se trata de ignorar la complejidad técnica que algunas de estas cuestiones pueden acarrear para el traslado de competencias; son cuestiones de Estado que, por lo visto, nos cuesta resolver. El punto es definir la necesidad política a partir de la convicción, en los primeros niveles de gobierno, de que es insustancial, inconveniente e inconstitucional reabrir la "cuestión capital" negando a la ciudad un estatus análogo al de sus hermanas, las provincias. La única diferencia relevante es que aquí "viven" quienes gobiernan la Nación, circunstancia aleatoria de mínimas implicancias prácticas.

Que los diez años sirvan para encontrar consenso sobre la autonomía porteña en los niveles de decisión del estado federal, para que pueda la ciudad de Buenos Aires crecer mucho más y para que los beneficios de sus instituciones políticas, sociales y económicas lleguen a todos sus habitantes.

El autor es procurador general adjunto de Asuntos Contenciosos, a cargo de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.

Link corto: http://www.lanacion.com.ar/838048

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